Cuando una persona, que es titular de una tarjeta de crédito o de algún crédito hipotecario, fallece, ¿Qué pasa con las deudas que deja? Aquí te explicamos los diferentes casos y lo que hay que hacer cuando esto suceda.

Es importante aclarar que no todas las deudas desaparecen automáticamente, así que sigue leyendo para ver cuáles podrían seguir vigentes y, peor aún, generando intereses.

Lo más importante que debes de saber es que casi todas las tarjetas de crédito y todos los créditos hipotecarios que hayan sido tramitados con una Institución de Crédito, cubren el adeudo que esté pendiente al momento de fallecer el titular, aunque es importante estar al corriente en los pagos ya que de lo contrario no aplica el seguro.

Lo anterior debido a que al mismo tiempo que contratas el crédito contratas un seguro de vida para proteger dicho adeudo, hay bancos que incluso cuentan además con un seguro por desempleo que protege al deudor hasta por seis meses.

Pero en el caso de las tarjetas departamentales, (Liverpool, Sears, Palacio de Hierro, etc.) esto no funciona igual, ya que cuando un cliente fallece el crédito sigue vigente y generando intereses en caso de no pagar a tiempo.

Así que es muy importante que si un familiar tuyo fallece y era titular de una de esas tarjetas, hay que seguir cubriendo el adeudo y de preferencia mejor liquidarlo y dar aviso lo antes posible de ese deceso presentando copia certificada del acta de defunción.

Ya que estamos en el tema de dar aviso, es primordial  que notifiques cuando fallece un familiar tuyo, el como hacerlo dependerá de cada banco ya que cada uno pone sus propios requisitos, pero seguramente todos te pedirán la copia certificada del acta de defunción.

También hay que considerar que pasa con las tarjetas adicionales, en este caso habrá que checar el contrato de adhesión que le corresponda o preguntar directamente a la institución de crédito, lo común es que se deban de cancelar una vez cubierto el adeudo que tengan.

Para solicitar la cancelación del plástico, lo puedes realizar por teléfono o acudiendo a la sucursal, no dejes de hacerlo ya que así evitarás que hagan mal uso de la tarjeta.

Por último hay que ver que pasa en el caso de las hipotecas, cómo dije al principio todas ellas cuentan con un seguro de vida para el caso de fallecimiento, lo cual hay que hacer del conocimiento del banco.

Pero cuando el crédito es otorgado a los dos cónyuges, como es el caso del crédito mancomunado, entonces las dos personas están cubiertas por el seguro de vida ligado a la hipoteca, en este caso el seguro liquida toda la deuda, siempre y cuando en la póliza se contemple la cobertura mancomunada conyugal y no haya atrasos en pagos.

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